jueves, 30 de septiembre de 2010

PREGUNTAS DE LA PAGINA 20

CENTRO DE ACTUALIZACION DEL MAGISTERIO DEL ESTADO DE MEXICO

LICENCIATURA EN EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL

NOMBRE DE LA ALUMNA:
ISABEL BARRON LUNA

NOMBRE DE LA ASINATURA:
BASES FILOSOFICAS LEGALES Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO DEL
ESTADO DE MEXICO

PROFESORA:
LUISA GONZALEZ RAMIREZ

CICLO ESCOLAR:
2010-2011

TEMA: PREGUNTAS DE LA PAGINA 20



1.-¿Porqué es importante que el maestro de educación básica conozca los principios filosóficos que orientan su profesión?

R: Porque en base al dominio que tenga de elloslo podría aplicar con sus alumnos en cuanto a la diversidad de ideas religiosas o de costumbre, que manifiestan cada uno de ellos en su hogar.

El conocimiento es la base para enfrentar cualquier situación para que el profesor se pueda apoyar.


2.-¿Qué relevancia tiene la permanencia y el respeto de los articulos 3°, 6° y 24°de la Constitución Política, en la definición de la educación básica como un orden público e interés social?

R: Tiene derecho a la educación obligstoria, laica y gratuita para todos sin distinción que profese a la condición social en que se encuentren.


3.-¿Porqué la tolerancia es un valor necesario e indispensable en una sociedad democrática?

R: Por la diversidad de ideologías y costumbres que existen.

4.-¿Cómo se relaciona la tolerancia, la libertad y la solidaridad?

R: Tolerancia- respeto por lo que cad individuo es

Libertad - expresar sus ideas e inquietudes

Solidaridad - luchar por un bien común.


5.-¿Cómo se puede distinguir la verdadera tolencia de la falsa? ¿Cuáles son los límites de la tolerancia?

R: Cuando una persona deja al lado sus convicciones para empezar a respetar el pensamiento de sus semejantes.

martes, 21 de septiembre de 2010

comentario de los cuadros de las pag. 21 y 22

considero que la diversidad que existe en la educación debe de adaptase y combinarse y si es necesario corregirse, no debe haber desigualdades entre los estudiantes, no debe haber clasificaciones en los grupos y pareciera que algunos maestros ya no quieren o no trabajan con diversidad y dado a eso hay que trabajar con la diversificación de la pedagogía.

domingo, 19 de septiembre de 2010

: “EL LAICISMO: SEIS TESIS CONTRARIAS A LA EDUCACION PUBLICA”

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
DE MEXICO


LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:
ISABEL BARRON LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
LUISA GONZALEZ RAMIREZ


CICLO ESCOLAR:
2010-2011


TEMA: “EL LAICISMO: SEIS TESIS CONTRARIAS A LA EDUCACION PUBLICA”
EL LAICISMO: SEIS TEIS CONTRARIAS A LA EDUCACION PUBLICA.

¿Qué implicaciones tiene la educación sea considerada como un derecho universal?

En la escuela pública, a la que acuden todos sin diferencias, el Estado se encuentra obligado a promover una formación común, fundada en valores compartidos por todos, más allá de las diferencias entre doctrinas religiosas, que suelen ser irreductibles y frecuentemente se expresan de manera intolerante. Como acción de interés público, la educación tiene por luchar por la armonía, empezando por la propia, y negarse a ser un espacio en el cual los adultos pretendan dirimir sus diferencias y disputarse la conciencia de los niños.

Cuando el autor sostiene la siguiente tesis “el que un ser humano reciba la misma educación que cualquier otro no significa igualarlos entre sí.
¿A qué se refiere?

A que todos tengan la oportunidad de lograr una formación científica fundamental al desarrollar las capacidades de leer, expresarse y escribir, y usar las matemáticas con inteligencia. Aspiramos a que la escuela aliente la confianza en la razón humana y la capacidad de pensar libremente.


¿Cuál es la consecuencia de excluir a los individuos de la educación?

Llevar esta pluralidad en competencia al espacio pequeño y de intensa convivencia de la escuela sería enormemente dañino para el ambiente de armonía y de propósito común que los niños y jóvenes necesitan aprender. No debemos abrirle la puerta a la discordia, ahí donde más nos daña, ni entender el pluralismo como confrontación de múltiples intolerancias.

¿Qué propuesta hace el autor para trabajar la diversidad del alumnado y al mismo tiempo impulsar una educación igual para todos?

A que todos estamos obligados a cuidar el fonda y la forma de nuestras expresiones políticas. No sólo es cuestión de buenas maneras, sino de evitar que el discurso público se degrade en la descalificación genérica y en las aseveraciones que no se fundamentan en hechos. Un debate degradado no le sirve a la educación ni al país, descalifica a la política y resta autoridad intelectual y moral a quienes participan en él.

COMENTARIO AL ARTICULO TERCERO DE LA

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
DE MEXICO


LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:
ISABEL BARRON LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
LUISA GONZALEZ RAMIREZ


CICLO ESCOLAR:
2010-2011


TEMA: COMENTARIO AL ARTICULO TERCERO DE LA
CONSTITUCION
COMENTARIO DEL ARTICULO 3° CONSTITUCIONAL

Emilio Rabasa

1° reforma 13 diciembre de 1934.
Propone que la educación que imparta el estado sea socialista, excluyendo toda enseñanza religiosa, proporcionando una cultura basada en la verdad científica.

2° reforma 30 de diciembre de 1946.
Plantea que la educación que imparta el estado: Federación, estados y municipios, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano todas las facultades del ser humano.

3° reforma 9 de junio de 1980.
Brinda la autonomía a la universidad y demás instituciones de educación superior, dándoles la facultad y la responsabilidad de gobernarse así mismas para así realizar los fines de educar.

4° reforma 28 de enero de 1992.
Precisa que la Educación que imparta el Estado: Federación, estados, municipios, sea laica, buscando evitar que la educación oficial privilegie a alguna religión o promueva el profesar una religión.


5°reforma 5 de marzo de 1993.
Propone que además de impartir la educación preescolar. Primaria y secundaria, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo educación superior.

Actualmente.
“Todo individuo tiene derecho a recibir educación, el Estado, Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias. La educación primaria y secundaria son obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a su vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.

“EL CONCEPTO DE EDUCACION Y SUS FINES EN LA LEY

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
DE MEXICO


LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:
ISABEL BARRON LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
LUISA GONZALEZ RAMIREZ


CICLO ESCOLAR:
2010-2011


TEMA: “EL CONCEPTO DE EDUCACION Y SUS FINES EN LA LEY
GENERAL DE EDUCACION”.
EL CONCEPTO DE EDUCACION Y SUS FINES EN LA LEY GENERAL DE EDUCACION.

MENESES MORALES.
El concepto de educación es penetrar a un territorio escarpado y estrecho.
El hombre educado es quien ha logrado buen éxito en relación con ciertas tareas a las cuales él y sus maestros durante largo tiempo.
Educación se parece a “reforma” , la cual no se reduce a un solo proceso, pues los hombres pueden reformarse por castigos, por buenos ejemplos o por el cariño y comprensión de un amigo.

Ser educado lo es de toda una familia de tareas llamadas procesos educativos entre las cuales pueden mencionarse: instruir, informar, impartir valores y normas, dar buen ejemplo, etc.

Es inseparable los juicios de valor, si algo se estima como educativo, debe valer la pena; en este aspecto, educación se parece de nuevo a reforma; lo valioso puede incluir distintos logros como el sentido de responsabilidad, el conocimiento científico, el patriotismos, etc.

El ser educado o estar educado puede implicar distintos aspectos, tales como poseer el mínimo de habilidades necesarias para ocupar uno su lugar en la sociedad; buscar conocimiento; proporcionar a los hombres y mujeres un entrenamiento vocacional que los capacitaría para mantenerse así mismos; despertar interés y gusto por el conocimiento. Hacer a las personas críticas ó poner a los hombres y mujeres en contacto con los logros culturales y morales de la humanidad y enseñarles a apreciarlos.

Estas consideraciones no son sino el marco para comentar el concepto y los fines de la educación en la Ley General de Educación de 1993.

La Ley General de Educación trata del concepto de educación en el articulo 2º, párrafo segundo, articulo 7° y sus fracciones de la I a la XII. En el cual aparece la definición de educación: “tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amos a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia”.

El concepto de educación, según la Ley General de Educación, implica:
1) Un proceso permanente.
2) Contenidos: conocimiento y valores.
3) Un método, de suerte que el educando entienda lo que se le transmite.


El concepto de educación se redondea con las características señaladas en los artículos 4º - obligatoria -; 5º - laica -; y 6º,- gratuita -. El articulo 8º, a su vez, marca los criterios que orientarán la educación:

1) El progreso científico.
2) La lucha contra la ignorancia y sus consectarios: las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
3) la democracia.
4) El nacionalismo.
5) La mejor convivencia humana.

Bassols extendió el laicismo a las escuelas secundarias, son la prohibición de la enseñanza religiosa; perseguía dos objetivos:
Primero, combatir el fanatismo religioso.
Segundo. Proporcionar a los educandos un concepto racional y exacto del universo, objetivo, risible o desconocedor, en absoluto, de las capacidades de la mente humana. La ley exigía a los maestros mexicanos enseñar la verdad absoluta.

Cardenas expidió un decreto sobre la enseñanza secundaria:
“Ninguna institución, llámese de cultura media o superior, podrá impartir educación secundaria sin autorización expresa de la SEP”, y percibía que ningún establecimiento de educación media superior podría recibir en calidad de alumno regular, irregular o de cualquier otra clase a la persona carente de secundaria oficial y establecía como requisito mínimo de admisión al bachillerato, la constancia de haber terminado la secundaria en un plantel oficial o escuela expresamente autorizada por el Estado.

El decreto del ejecutivo, al establecer el carácter obligatorio de la educación secundaria socialista, impidió a la universidad crear un bachillerato de cinco años, el cuál serviría solo para las carreras liberales no para las científicas que requieren título como las ingenierías, medicina, etc.

La moral social consiste en un conjunto de principios de ética racional, encaminados a inspirar conductas colectivas en el orden público. Dentro del laicismo del estado es posible y necesario formular las creencias y condiciones de supervivencia de una sociedad pluralista.
Si bien la educación moral debe impartirse en el hogar, éste frecuentemente falla en impartirla o lo hace en forma imperfecta. Por lo tanto, la escuela debería suplirlo y enseñar el respeto a la vida, a la integridad, al buen hombre, y a los bienes de los demás seres humanos.

La fracción VII coloca entre los fines de la educación el “Fomentar actitudes que estimulen la investigación y la innovación científica y tecnológica”, se refiere sobre todo a la educación superior.

Las empresas deberían contratar investigadores que mejoraran los productos e hicieran de México un país creador de su propia tecnología, en lugar de ser un gran importador de tecnología ajena.

Finalmente debe señalarse la necesidad del país de contar con deportistas que puedan competir en la lides internacionales. Para este tipo de encuentros hace falta que los niños y jóvenes tengan cualidades sobresalientes; excelente alimentación y un entrenamiento riguroso.

Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educando incorporarse a la sociedad y, en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva y que permita, asimismo, al trabajador estudiar.
Este párrafo postula dos objetivos importantes para el país y obviamente, para el individuo y la familia: impartir educación apta para incorporar al individuo a la sociedad, haciéndolo útil de suerte que mejore la condición de vida o su calidad con su desarrollo y permitir eventualmente al trabajador estudiar.

La Secretaría de Educación Pública tiene ahora delante de sí la delicada tarea de estructurar programas sobre la forma de alcanzar tales fines, par que éstos no se queden en letra muerta, sino que verifiquen la educación todas de la futuras generaciones mexicanas.

DICTAMEN EN MATERIA INDIGENA. ART. 2°,B PARRAFO

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
                                 DE    MEXICO


LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:  
                                        ISABEL   BARRON    LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
                                      BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
                                      LUISA GONZALEZ RAMIREZ


CICLO ESCOLAR:
                                      2010-2011


TEMA:  “DICTAMEN EN MATERIA INDIGENA. ART. 2°,B PARRAFO                                                                          
      II”
DICTAMEN EN MATERIA INDIGENA
APROBADO POR EL SENADO DE LA REPÚBLICA
25 DE ABRIL DE 2001

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 1°; se reforma en su integridad el artículo 2° y se deroga el párrafo primero del artículo 4°; se adicionan: un sexto párrafo al artículo 18º, un último párrafo a la fracción tercera del artículo 115º, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como cuatro Transitorios, para quedar como sigue:

ARTICULO 1º.En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.


ARTICULO 2º.La Nación Mexicana es única e indivisible.

La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

 Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural

Las constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las características de libre determinación y autonomía que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de los pueblos indígenas en cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público.

B. La Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:
I.             Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos.

II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superggior y superior.

III. Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina tradicional, así como apoyar la nutrición de los indígenas mediante programas de alimentación, en especial para la población infantil.

IV. Mejorar las condiciones de las comunidades indígenas y de sus espacios para la convivencia y recreación, mediante acciones que faciliten el acceso al financiamiento público y privado para la construcción y mejoramiento de vivienda, así como ampliar la cobertura de los servicios sociales básicos.

V.          Propiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunidad.

ARTICULO 4.

(Se deroga el párrafo primero)
ARTICULO 18.

….Los sentenciados, en los casos y condiciones que establezca la ley, podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegración a la comunidad como forma de readaptación social.

ARTÍCULO 115.

Fracción III

Último párrafo

Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley.

ARTICULOS 1 A 8 EN LEY GRAL DE EDUCACION

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
                                 DE    MEXICO

LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:  
                                        ISABEL   BARRON    LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
                                      BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
                                      LUISA GONZALEZ RAMIREZ

CICLO ESCOLAR:
                                      2010-2011

TEMA:  ARTICULOS 1 A 8  EN LEY GRAL DE EDUCACION


                         LEY GENERAL DE EDUCACION
                            ARTICULOS 1  A   8.

ARTICULO 1°.- Esta ley que regula que imparte el estado federativo, y municipios, sus organismos descentralizados y particulares con autorización y con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observancia general en toda la República y sus disposiciones que contienen son de orden público o interés social.
ARTICULO 2°.- Todo individuo tiene derecho a  recibir educación y por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de accesos al  sistema educativo nacional, con solo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales.

         ARTICULO 3°.- El estado está obligado a prestar servicios educativos porque toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

         ARTICULO 4°.- Todos los habitantes del país deben cursar la primaria y la secundaria.
         Ésta obligación de los mexicanos hace que sus hijos y sus pupilos menores de edad cursen la educación primaria y secundaria.

         ARTICULO 5°.- La educación que el estado imparta será laica y por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

         ARTICULO 6°.- La educación que el estado imparta será gratuita. Las donaciones destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderá como contraprestaciones del servicio educativo.
         ARTICULO 7°.- La educación que imparta el estado. Sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento con validez oficial de estudios, tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del articulo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

         ARTICULO 8°.- El criterio que orientará a la educación y sus organismos descentralizados impartan – así como todas la educación básica de los particulares – se basarán en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
I.             Será democrático.
II.           Será nacional.
III.          Contribuirá a la mejor convivencia humana.

ARTICULOS 3°, 24, 31.

CENTRO DE ACTUALIZACION DE MAESTROS DEL ESTADO
                                 DE    MEXICO


LICENCIATURA DE EDUCACION SECUNDARIA: ESPAÑOL


NOMBRE DEL ALUMNA:  
                                        ISABEL   BARRON    LUNA

NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
                                      BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS
.
NOMBRE DE LA PROFESORA:
                                      LUISA GONZALEZ RAMIREZ


CICLO ESCOLAR:
                                      2010-2011


TEMA:  ARTICULOS  3°,  24, 31.

                            ARTICULO 3°.
Todo individuo tiene derecho a recibir educación – el Estado Federación, Estados y Municipios – impartirán educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y secundaria son obligatorias.

         La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.
         La educación será laica y gratuita.

                            ARTICULO 24. 
La libertad de creencias dicha educación será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
         El criterio que orientará esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus afectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

                            ARTICULO 31.
         Son obligaciones de los mexicanos:   
Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación primaria y secundaria y reciban lo militar, en los términos que establezcan la ley.